Jorge Robles (de Voz Obrera Socialista)
Nada es casual. Por un lado, la elección de una fecha, el 31 de diciembre, en la que tratamos de olvidar nuestras penurias cotidianas y festejar con lo que se pueda con familiares y amigos/as por el nuevo año. Y por otro, la señal intimidatoria de que para cumplir con el presupuesto de ajuste votado por el Congreso en diciembre, la reforma laboral y otras exigencias de Trump y el FMI, [el gobierno de Javier] Milei va a reforzar los mecanismos represivos para enfrentar las luchas que puedan estallar.
¿Qué dice el DNU (Decreto de Necesidad y Urgencia?
El decreto modifica la Ley de Inteligencia Nacional 25.520 en varios artículos. En una parte de ellos cambia organismos y concentra ahora en la SIDE (Secretaria de Inteligencia del Estado) el control y el presupuesto de organismos de inteligencia de otras fuerzas represivas nacionales. Es poco conocido pero las tres Fuerzas Armadas (Ejército, Armada y Aeronáutica), la Gendarmería, la Prefectura, la Policía Federal y la Policía Aeronáutica también realizan tareas de inteligencia, al igual que las policías provinciales1. Todas estas áreas de esas fuerzas pasarán a reportar a la SIDE y serán parte de una “Comunidad de Inteligencia Nacional” que propondría convenios de adhesión al gobierno de CABA (Ciudad Autónoma de Buenos Aires) y los gobiernos provinciales. A esto se suma que, en su Artículo 18, habilita por primera vez explícitamente la participación de las FFAA y policiales en actividades de inteligencia con “asistencia y/o apoyo técnico y/o logístico” a requerimiento de la SIDE. 2
Pero además la SIDE también recopilará información de organismos de la administración nacional como el RENAPER (Registro Nacional de las Personas), la Aduana, Migraciones, Servicio Penitenciario, ministerios, ARCA (Recaudación y Control Aduanero), Justicia etc. bajo el nombre de “Comunidad Informativa Nacional”. Si le sumamos a esto el ciberpatrullaje en redes e internet que realizará la Agencia Federal de Ciberinteligencia, gran parte de los datos de la población pasan a estar bajo el control de la SIDE.
En el Art. 3 se habilitan acciones de “contrainteligencia” contra la “fuga de información”, “atentados contra el orden constitucional”, “influencia” o “interferencia” que “obstaculicen el proceso decisorio de las autoridades constituidas” 3.
Si tenemos en cuenta que [el presidente Javier} Milei y [la ex ministra de Seguridad Patricia] Bullrich consideraron golpistas la movilizaciones contra la Ley Bases y otras medidas del gobierno e incluso las votaciones en contra de sus proyectos en el Congreso, prácticamente toda actividad opositora política, sindical, social o periodística queda expuesta a la investigación de la SIDE.
Pero lo que tomó más trascendencia en los medios y redes por su gravedad, es que el decreto autoriza a los miembros de los servicios de inteligencia a hacer detenciones sin orden judicial y sin que tenga que informarlas tampoco a la Justicia, sino a otras fuerzas de seguridad.4 Es decir cualquiera puede ser secuestrado/a en cualquier momento y lugar y retenido/a en cautiverio indefinidamente por la SIDE sin ningún cargo ni posibilidad de defensa. Por otro lado como el decreto establece expresamente que todas las actividades de la SIDE son de carácter encubierto no se podría identificar ni denunciar a los responsables de la detención. Por último, en el mismo artículo se habilita a los agentes a disparar a quien sea (“repeler y/o hacer cesar las agresiones”) si se sienten en riesgo contando con la misma impunidad.
Movilización unitaria para derogar el decreto
El decreto es tan escandaloso que ha obligado a varios sectores de la oposición patronal a pronunciarse en contra, e incluso a presentar amparos judiciales para suspender su aplicación, ya que por ahora está vigente y el Congreso está en receso. Por otra parte para derogarlo se requiere el rechazo de ambas cámaras lo cual es complicado de lograr, dada la complicidad de los gobernadores con el gobierno (incluidos varios peronistas, los radicales y además de Provincias Unidas y otras fuerzas menores que oscilan según su conveniencia).
La oposición denuncia el carácter inconstitucional del DNU. Tanto porque modifica una ley nacional por decreto en vez de hacer votar esto en el Congreso, como por el contenido que viola garantías democráticas constitucionales. Por su parte el proyecto presentado por el FITU (Frente de Izquierda y los Trabajadores-Unidad que reclama su nulidad, también argumenta en sentido similar.5
Todo esto es cierto pero esto no significa que la Ley de Inteligencia antes de la modificación garantizase derechos democráticos ni sirviera a los intereses del pueblo trabajador. Principalmente porque legaliza el funcionamiento de un aparato represivo clandestino del Estado capitalista que ha sido siempre utilizado para el espionaje e infiltración de las organizaciones obreras y populares y la persecución a los luchadores. Esto es lo que no cuestionan ni los representantes de la oposición patronal ni tampoco llamativamente el proyecto del FITU.
En otro artículo, profundizamos este debate. Mientras tanto es necesario difundir entre nuestros compañeros/as de trabajo y estudio, familiares y amigos/as, la denuncia del contenido del DNU, su gravedad y la amenaza que significa para las luchas obreras y populares. Todo aquel que defienda las libertades democráticas, incluso los que votaron por Milei o simpatizan con el gobierno, deben repudiar este decreto y sumarse a la lucha por su derogación.
Tenemos que exigírselo a los dirigentes de la oposición patronal que llamen a la movilización para derrotar el decreto. Especialmente al kirchnerismo que dirige las CTA (Central de Trabajadores Argentinos), organismos de Derechos Humanos, el colectivo “Ni una menos” y las organizaciones piqueteras más grandes. Hay que debatir el tema en asambleas de fábrica y lugares de trabajo, exigir a los sindicatos y a la CGT que se pronuncien e incluyan la derogación del decreto en los pliegos de reclamo. No podemos confiar la derrota del DNU al Parlamento ni a la Justicia que han avalado los peores ataques al pueblo trabajador. Al DNU sólo lo derrotaremos con la lucha en las calles.
- A raíz del escándalo del Proyecto X de espionaje de la Gendarmería durante el último gobierno de Cristina, en el libro “Espiados” (2015) del periodista Claudio Savoia se recogen distintos casos de infiltraciones por servicios de diferentes fuerzas y su funcionamiento. ↩︎
- ARTÍCULO 18.- Incorpórase como artículo 10 octies de la Ley de Inteligencia Nacional N° 25.520 y sus modificaciones el siguiente texto:
“ARTÍCULO 10 octies.- La SECRETARÍA DE INTELIGENCIA DE ESTADO (SIDE) de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN podrá requerir la asistencia y/o apoyo técnico y/o logístico de las FUERZAS ARMADAS, FUERZAS DE SEGURIDAD FEDERALES y FUERZAS POLICIALES cuando resulte necesario para desarrollar las actividades reguladas en la presente ley.” (…) ↩︎ - ARTÍCULO 3°.- Incorpórase como artículo 2° quater de la Ley de Inteligencia Nacional N° 25.520 y sus modificaciones el siguiente texto:
“ARTÍCULO 2° quater.- Las actividades de ejecución de Contrainteligencia incluyen evitar acciones de infiltración, fuga de información clasificada, espionaje, atentados contra el orden constitucional, sabotaje, influencia, injerencia o interferencia de factores externos en detrimento del proceso decisorio de las autoridades constituidas del sistema republicano de gobierno, de los intereses estratégicos nacionales y/o de la población en general”.(…) ↩︎ - ARTÍCULO 19.- Incorpórase como artículo 10 nonies de la Ley de Inteligencia Nacional N° 25.520 y sus modificaciones el siguiente texto:
“ARTÍCULO 10 nonies.- Los órganos del SISTEMA DE INTELIGENCIA NACIONAL (SIN) proporcionarán su propia seguridad y protección de las instalaciones, bienes, personal, operaciones e información, encontrándose habilitados a repeler y/o hacer cesar las agresiones que los pongan en riesgo. Lo podrán hacer en toda instalación, durante el desplazamiento, o en los lugares donde se desarrollen las actividades de inteligencia, ya sea en forma permanente, transitoria o circunstancial.
En el marco del desarrollo de actividades de inteligencia, auxilio o requerimiento judicial y/o comisión de delitos en flagrancia, el personal de inteligencia podrá proceder a la aprehensión de personas, debiendo dar aviso inmediato a las FUERZAS POLICIALES y de SEGURIDAD competentes”. - https://www.laizquierdadiario.com/Diputados-la-izquierda-busca-anular-el-DNU-de-Milei-que-amplia-facultades-de-inteligencia

